La extinción del contrato de trabajo supone la finalización de la relación laboral que se había creado entre la empresa y trabajador. Desde el momento de la extinción, el trabajador deja de estar vinculado jurídicamente con la empresa y la empresa cesa sus obligaciones para con el trabajador.
Regulación legal de la extinción del contrato de trabajo
· Art. 49 al 57 del Real Decreto Legislativo, por el que se aprueba el ET.
· Ley 36/2011
· Real decreto 1483/2012
· Convenios colectivo vigentes. (más…)