Formación para el empleo

La formación profesional para el empleo, tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal, proporcionando los conocimientos y prácticas requeridos para el mercado de trabajo y sus necesidades.

Acciones formativas de las empresas

Cursos de formación que desarrollan las propias empresas y los permisos individuales de formación. Las acciones formativas podrán ser generales o específicas; comprenden también los permisos individuales de formación, cuyo objetivo es que los trabajadores puedan realizar acciones formativas reconocidas por una titulación oficial para la empresa donde prestan sus servicios.

Servicios públicos de empleo

Permiten al trabajador compatibilizar el aprendizaje formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo; incluyen los contratos para la formación, objeto de la adquisición de la formación teórica y práctica.

Organizaciones sindicales, empresariales, de economía social y de autónomos

Representativas en cada sector. Se llevan a cabo los contratos programa, que pueden ser de ámbito social o autonómico, sectoriales e intersectoriales, para trabajadores ocupados o desempleados, etc.

Modificaciones en el expediente personal

Formación por el trabajador que se recogerá en el expediente personal con el fin de que esté actualizado el cumplimiento del reglamento, de la normativa sobre protección de datos de carácter personal y de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

Protección de datos de carácter personal

Capacidad de controlar el uso que cualquier organización pueda hacer de nuestros datos; garantizar el derecho a la protección de datos, quienes quieran utilizarlos deben informarnos y pedirnos permiso. La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad de control independiente que vela por el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos y tutela el derecho a la protección de datos de carácter personal. Competencias de este organismo: informar, ayudar, garantizar, otras.

Protección de datos en la empresa

Obligaciones de la empresa: informar a los afectados, pedir consentimientos, calidad y proporcionalidad, atención a los derechos de los ciudadanos, deber de guardar secretos, adopción de medidas de seguridad, notificación de ficheros con datos de carácter personal, etc.

Excepciones en el consentimiento de los afectados

No será necesario el consentimiento en los siguientes casos:

  1. Cumplimiento de un contrato o precontrato.

  2. Para proteger un interés vital del interesado.
  3. Para cumplir las funciones de las administraciones públicas.
  4. Cuando una ley habilite el tratamiento.
  5. Cuando los datos figuren accesibles al público.
  6. Tratamiento necesario para satisfacer el interés.

Servicio de listas de Robinson

Es un servicio gestionado por la federación de comercio electrónico y marketing directo con el fin no lucrativo de reforzar las buenas relaciones entre los profesionales del sector y el público en general. Se enmarca en el ámbito de la publicidad personalizada, permite a los consumidores eliminar su nombre y direcciones de los listados de publicidad para reducir al mínimo la que reciben en sus hogares.

Medidas de seguridad en el tratamiento de datos

El principio de seguridad de los datos impone al responsable del fichero adoptar las medidas de índole y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Se clasifican en:

  1. Nivel alto: Fichero que contenga datos de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, salud, origen social o vida sexual.

  2. Nivel medio: Los ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales. 
  3. Nivel básico: Se aplica a los ficheros que contengan datos de carácter personal. Algunas excepciones a la aplicación del nivel alto las encontramos en datos de salud, LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) señala que podrán implantarse las medidas de seguridad de nivel básico en los ficheros de tratamientos que contengan datos relativos a la salud.

El documento de seguridad

Documento interno de la organización que debe mantenerse siempre actualizado. Es una obligación para todos los responsables de ficheros, para los encargados del tratamiento con independencia del nivel de seguridad que sea necesario aplicar. Apartados mínimos: ámbito de aplicación del documento con especificación detallada de los recursos protegidos, medidas, normas, procedimientos, reglas y estándares encaminados a garantizar el nivel de seguridad exigido; funciones y obligaciones del personal, procedimientos de realización de copias de los datos en los ficheros o tratamientos automatizados; medidas para el transporte, así como destrucción de los documentos y soportes, etc.

Auditoría de seguridad

Su objetivo es determinar si los procesos que se han establecido son adecuados y si se cumplen las medidas de seguridad recogidas en el título 8 del reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica, que es obligatoria para ficheros de nivel medio y alto, y que puede ser interna o externa, la cual debe realizarse al menos cada 2 años.