Guía Completa del Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios en Honduras
Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios en Honduras
¿Qué es el Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios?
Es el impuesto que se paga mensualmente en Honduras por toda persona natural o jurídica que realice actividades mercantiles, industriales, mineras, agropecuarias, de prestación de servicios públicos y privados, de comunicación electrónica, constructoras de desarrollo urbanístico, casinos, instituciones bancarias de ahorro y préstamos, aseguradoras y toda otra actividad lucrativa. El impuesto se calcula en base al volumen de producción, ingresos o ventas anuales, aplicando la tarifa correspondiente.
Domicilio Fiscal y Sucursales
Si un negocio o empresa posee una casa matriz en un municipio y tiene sucursales o agencias en diferentes lugares de la república, está obligado a declarar y tributar únicamente sobre el total de ingresos generados o recibidos en el municipio donde se encuentra la casa matriz.
Las empresas o negocios cuya casa matriz esté domiciliada en otros municipios y que realicen ventas de mercadería o servicios a empresas, negocios o comerciantes con domicilio en un municipio específico, están obligadas a presentar una declaración jurada de estos ingresos en dicho municipio. Para verificar dichos ingresos, estos contribuyentes quedan obligados a proporcionar toda la información requerida por los auditores municipales, incluso si los registros contables no se llevan en el municipio donde se realiza la venta.
Declaración y Pago
Los contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios deberán presentar en el mes de enero de cada año una declaración jurada de sus ingresos económicos del año calendario anterior. Dicha declaración servirá de base para aplicar las respectivas tasas por millar, y la suma de este resultado será el impuesto mensual a pagar durante el año en que se presenta la declaración.
Los ingresos declarados también servirán de base para hacer los ajustes que correspondan a la declaración jurada del año inmediato anterior. La falta de presentación de la declaración jurada en el plazo establecido se sancionará con una multa equivalente al impuesto de un mes.
El pago de este impuesto correspondiente a las ventas del mes anterior deberá efectuarse dentro de los primeros 10 días del siguiente mes. A los pagos efectuados después del plazo establecido se les aplicará un interés anual a la tasa activa que los bancos del sistema financiero utilizan en sus operaciones comerciales, más un recargo del 2% anual.
Ejemplo de Cálculo para Productos con Control de Precios:
Gasolinera Puma con ventas de L. 55,000,000.00:
- 30,000,000.00 x 0.10 / 1,000 = _____ / 12
- 25,000,000.00 x 0.01 / 1,000 = _____ / 12
- La suma de ambos resultados es el total a pagar.
Impuesto Personal
¿Qué es el Impuesto Personal?
Es un gravamen que recae sobre los ingresos anuales que perciben las personas naturales dentro de un municipio, tengan o no domicilio o residencia en el mismo.
Declaración y Pago
Toda persona natural pagará anualmente un impuesto personal sobre sus ingresos anuales que perciban en el municipio. El impuesto se calculará aplicando la tarifa correspondiente.
Modalidades de Declaración:
- Particular o individual: la declaración se hará a más tardar el 30 de abril.
- Patronal: para el efecto de pago bajo el sistema de retención en la fuente, los patrones deberán presentar la declaración a más tardar el 31 de marzo.
Pagos:
- Persona natural: a más tardar el 31 de mayo.
- Patronos: a más tardar el 15 de abril.
Sistema de Retención en la Fuente
Para el pago del impuesto personal se establece el sistema de retención en la fuente, en el que todas las personas naturales o jurídicas que paguen o acrediten rentas o ingresos a personas naturales en el municipio quedan obligadas como agentes de retención del impuesto a deducirlo proporcionalmente en el primer trimestre de cada año. Sin embargo, a juicio del patrono, se podrá deducir de una sola vez en el mes de enero de cada año. También quedan autorizados los patronos a deducir este impuesto a sus trabajadores que por cualquier causa sean separados de sus empresas o negocios en cualquier mes del año.
Sanciones
- 10% del impuesto a pagar por la presentación de las declaraciones fuera del plazo establecido.
- 25% como multa por falta de pago en los plazos señalados.
- 3% mensual sobre las cantidades retenidas y no pagadas en los plazos señalados. Nota: las cantidades retenidas deben enterarse a los 15 días de percibidas.
La falta de presentación de la nómina de empleados en el plazo señalado se sancionará con una suma del 10% del total retenido, y no podrá ser inferior a L. 5,000.00.
Los patronos están obligados a presentar, a más tardar el 30 de marzo de cada año, cuando tengan 5 o más empleados permanentes, una nómina de los mismos con indicación de sueldos y salarios y el valor retenido a cada uno de ellos.
Consideraciones Adicionales sobre el Impuesto Personal
A ninguna persona natural domiciliada o residente en el municipio se le considerará solvente en el pago del impuesto personal por el hecho de haber pagado en otra municipalidad, excepto a los diputados al Congreso Nacional y los funcionarios públicos con jurisdicción nacional, nombrados constitucionalmente, quienes podrán efectuar el pago en el municipio de su residencia habitual o donde ejerzan sus funciones.
Todos los colegios profesionales están obligados a presentar antes del 30 de enero de cada año un listado de sus afiliados con número de identidad, nombre completo, edad, dirección, teléfono de residencia y lugar de trabajo.
Impuesto de Extracción y Explotación de Recursos
Definición
Es el impuesto que pagan las personas naturales o jurídicas que extraen o explotan canteras, minerales, hidrocarburos, bosques y sus derivados, pescan, cazan o extraen especies marítimas o de ríos o lagos.
Determinación del Impuesto
Para determinar este impuesto se aplicará la tarifa del 1% del valor comercial de L. 74.00 por metro cúbico de la extracción o explotación de recursos dentro del término municipal, independientemente de su centro de transformación, almacenaje, procesamiento o acopio, o cualquier otra disposición que acuerde el Estado. Este impuesto se pagará sin incluir el valor agregado que pudiere resultar para dicho recurso mineral no metálico por efecto de su transformación o procesamiento.
En caso de explotaciones mineras metálicas, además del Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios, se pagará a la municipalidad por cada tonelada de material o broza procesable en lempiras, la suma equivalente a $0.50 conforme al valor establecido al factor de valoración aduanera.
En caso de cal, el impuesto de extracción o explotación de recursos se pagará a partir de 2,000 toneladas métricas.
Declaración y Pago
La persona natural o jurídica que se dedique a la producción y comercialización de estos recursos queda obligada a presentar a la municipalidad, en los 3 primeros meses del año, una declaración jurada del volumen de producción, ingresos o ventas para efectos del pago del impuesto respectivo.
Ejemplo de Cálculo:
Empresa XXX que extrajo 235,000 metros cúbicos de madera preciosa:
- 235,000 x 74.00 = 17,390,000 x 1% = 173,900.00
Impuesto Pecuario
Definición
Es el impuesto que pagan las personas naturales o jurídicas en la tesorería municipal o en las instituciones autorizadas del sistema bancario nacional por el destace o sacrificio del ganado.
Tasas:
- Ganado mayor: un salario mínimo diario vigente.
- Ganado menor: medio salario mínimo diario vigente.
Cálculo del Impuesto:
- Ganado mayor: Salario mínimo / 30 = ____ x número de cabezas = Impuesto pecuario
- Ganado menor: Salario mínimo / 30 = ____ / 2 = ___ x número de cabezas = Impuesto pecuario
El salario que debe aplicarse es el de menor escala establecida en decreto ejecutivo vigente y que corresponda a la actividad agrícola en la zona del Distrito Central.
