La Competencia Objetiva

Determina el órgano que debe conocer de un asunto en primera instancia.

Existen dos tipos de criterios para su determinación:

  • Materia: Naturaleza de la pretensión ejercitada (materia que se debate en el proceso) y cualidad de las personas demandadas (preferente).
  • Cuantía de la pretensión: Valor económico.

Regla general: Atribución a los Juzgados de Primera Instancia (art. 45 LEC).

También conocerán de los concursos de la persona natural que no sea empresario (REF 7/2015) (más…)