1.- LA CAPACIDAD

  Para que el acto jurídico  sea válido , no basta que haya sido querido; es preciso que se ejecute no sólo por persona dotada de voluntad, sino que s  menester también que ésta tenga la capacidad  requerida para realizar el acto de que se trata.

La capacidad jurídica  puede definirse como “ la aptitud legal para adquirir derechos y ejercitarlos ”  . De aquí se deduce que la capacidad es de dos clases : de Goce y de Ejercicio.-

GOZAR de un derecho es estar investido (más…)