Capítulo 1

Además garantiza de forma positiva la creación de los partidos políticos. Esto está recogido en el primer artículo. Respecto a este punto, el ordenamiento dice que hay que tener una mínima intervención, por lo que con ciertos requisitos es suficiente. 

Capítulo 2

dice cómo se organiza y las de los partidos. Ahí está la obligatoriedad de contar con un órgano asambleario general, los derechos de los afiliados y (lo establecido en el artículo 9) que se respete el sistema (más…)