Conceptos Clave de Derecho Penal: Acción, Omisión, Dolo y Culpa
Conceptos Fundamentales del Derecho Penal
Acción y Omisión
Acción: Cualquier conducta humana que consiste en hacer algo voluntariamente.
Omisión: Toda conducta del ser humano que consiste en dejar de hacer algo voluntariamente.
- Omisión propiamente dicha:
- Omisión penalmente relevante (art. 18 CP): Cualquier conducta del ser humano que consiste en dejar de hacer algo que la ley establece como obligación a la persona que lo deja de hacer.
Relación de Causalidad e Idoneidad
Normalmente idóneo (quien lo va a calificar): Significa que, a criterio del juez, la acción o la omisión realizada normalmente provocaría el hecho previsto en la figura delictiva.
Relación de causalidad: Existe relación de causalidad cuando una persona realiza una acción u omisión y esta provoca el hecho previsto en una figura delictiva.
Elementos de las Figuras Delictivas
Las figuras delictivas tienen dos elementos principales, presentes en todos los tipos penales:
- Elemento subjetivo: Intención.
- Elemento objetivo: Resultado.
Dolo
Dolo: Existe cuando la persona realiza su acción u omisión con la intención de provocar el hecho previsto en una figura delictiva.
Clases de Dolo
Dolo directo (art. 11 CP): Existe cuando una persona provoca un resultado y realiza su acción u omisión precisamente para provocar ese resultado.
Dolo eventual: Existe cuando una persona no pretende provocar un resultado, sin embargo, sabe que es posible que dicho resultado se provoque si realiza determinada acción u omisión y, aun así, decide cometer el hecho.
Ejemplo: Un terrorista quiere matar a una persona. Su plan es poner una bomba en un puente por donde va a pasar. Su intención es matar a la persona, pero cuando viene la caravana, se da cuenta de que son tres vehículos y no sabe en cuál viene el objetivo. Sin embargo, sabe que esa persona viaja con su familia. Hay dolo directo por querer matar a la persona y dolo eventual con los demás, porque sabe que es probable que mueran los familiares, pero aun así ejecuta el plan.
Dolo indirecto: Cuando en la mente del autor no existe dolo, sin embargo, le surge la necesidad u oportunidad de cometer el hecho y lo hace.
Ejemplo:Una persona deja su reloj en la playa. Su amigo lo ve y le gusta. Aprovecha la oportunidad para robarlo, aunque inicialmente no tenía la intención de hacerlo. Otro ejemplo, durante un asalto a un autobús, un pasajero saca una pistola, entonces a los ladrones se les presenta la necesidad de matar a esa persona.
Culpa
Culpa: Existe culpa cuando la conducta de una persona, sin tener la intención de que su acción u omisión provocara un resultado previsto en una figura delictiva, lo causa por imprudencia, negligencia o impericia.
- Negligencia: No revisar la moto y que fallen los frenos.
- Imprudencia: Ir tan rápido y atropellar a una persona.
- Impericia: Conducir una moto sin tener experiencia y accidentarse.
Figura Delictiva
Es una descripción que hace una norma penal de las conductas que están prohibidas y, por ende, si una persona las comete, el Estado puede imponerle una pena o medida de seguridad.
Elementos de las Figuras Delictivas (Repaso)
- Elemento subjetivo: Intención
- Dolo
- Culpa
Nota: Todos los delitos son dolosos, salvo que la ley establezca expresamente que pueden ser culposos (art. 12, último párrafo del Código Penal).
Nota sobre responsabilidad civil y penal: La responsabilidad civil busca solucionar un problema a través del finiquito, que se redacta y entrega al policía para constar el arreglo. Según la «Ley Piña», menores de 13 años solo tienen responsabilidad civil, a cargo de sus representantes, a menos que tengan bienes propios. Mayores de 13 años tienen responsabilidad penal y civil.
- Elemento objetivo: Resultado