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Mutuo y comodato
0L. 36
Mutuo
Contrato real, unilateral y de Derecho estricto, en el cual una parte
(mutuante) transfiere la propiedad de una cantidad de dinero o de cosas
fungibles en general, a otra (mutuario) que se compromete a su devolución en
cantidad y calidad equivalentes. El mutuo solo genera obligación para el mutuario
y sus efectos jurídicos están
determinados desde el momento que se perfecciona. No hay mutuo cuando el
mutuante no transfiere la propiedad del objeto o cuando mutuante mutuario no
aprecian (más…)