Pactos en la Relación Laboral

Pacto de No Concurrencia y de Permanencia en la Empresa (Art. 21 ET)

  • Un trabajador no puede trabajar para diferentes empresas si eso perjudica a su empleador actual, a menos que se acuerde expresamente trabajar exclusivamente para ese empleador a cambio de una compensación extra.
  • Después de dejar un trabajo, un empleado puede acordar no trabajar para la competencia por un tiempo limitado. Esto solo es válido si el empleador tiene un interés comercial en ello y paga (más…)